Las y los diputados de la LX Legislatura del H. Congreso del Estado de Colima aprobaron la Iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto relativa a reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Educación del Estado de Colima, la ley de Salud del Estado de Colima y la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones en el Estado de Colima, que tiene como propósito la protección del derecho a la salud, al implementar la aplicación sistemática en las escuelas de nivel básico y medio superior del POSIT, cuestionario de tamizaje que evalúa 10 áreas de funcionamiento de la vida de los adolescentes que pueden verse afectados por el uso de droga.
De acuerdo con el dictamen elaborado por las comisiones de Salud y Deporte, la de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, que fue presentado en tribuna por la diputada Glenda Yazmín Ochoa, se concluye que, dadas las necesidades sociales en cuanto a las cifras de consumo de sustancias psicoactivas, son pertinentes las reformas y adiciones a las leyes mencionadas.
Por tanto, se adiciona la fracción XII al numeral 2 del artículo 4; numeral 7 al artículo 8; numeral 5 al artículo 79; fracción XII al artículo 119 y fracción VII al artículo 120 de la Ley de Educación del Estado de Colima, para quedar como sigue: “para efectos de la presente Ley, se entenderá POSIT al cuestionario de tamizaje que es un instrumento que consta de 81 reactivos que evalúan 7 áreas de funcionamiento de la vida de los adolescentes que pueden verse afectadas por factores de riesgo psicosociales: uso y abuso de sustancias, salud mental, relaciones familiares, relaciones con amigos, nivel educativo, interés vocacional, conducta agresiva-delictiva”.
De igual manera, refiere que “la educación y cuidado de los educandos es integral, por lo que se aplicarán cuestionarios de tamizaje POSIT cuando se requieran y quienes ejerzan la patria potestad o tutores de los menores deberán realizar las acciones necesarias y las que se sugieran por las autoridades de salud y educación para la atención integral del menor, si se considera que se encuentra en situación de riesgo”.
En cuanto a medidas para preservar la integridad física, psicológica y social del educando, se agrega que “con el consentimiento de quienes ejerzan la patria potestad y/o tutores se aplicará el cuestionario de tamizaje POSIT a los alumnos de educación básica y media superior, cuando así se considere necesario por el director del plantel, salvaguardando en todo momento los derechos de niñas, niños y adolescentes”
Esta reforma expresa que “son derechos de quienes ejercen la patria potestad o la tutela: Recibir al momento de la inscripción de sus hijas, hijos o pupilos la Carta de Consentimiento para la aplicación del cuestionario de tamizaje POSIT, cuando así lo considere la autoridad del plantel educativo, así como la información respectiva, salvaguardando en todo momento los derechos de niñas, niños y adolescentes”; igualmente, “son obligaciones de quienes ejercen la patria potestad o la tutela: acudir al llamado del director del plantel y atender las recomendaciones y acciones de las autoridades de salud, derivado de los resultados obtenidos de la aplicación del cuestionario de tamizaje POSIT.
Se adiciona la fracción XX al artículo 3; inciso ñ) a la fracción I y un segundo párrafo al inciso e) de la fracción II ambos del artículo 5 de la Ley de Salud del Estado de Colima, para quedar como sigue: “para los efectos de la presente Ley, se entenderá por POSIT al cuestionario de tamizaje, que es un instrumento que consta de 81 reactivos que evalúan 7 áreas de funcionamiento de la vida de los adolescentes que pueden verse afectadas por factores de riesgo psicosociales: uso y abuso de sustancias, salud mental, relaciones familiares, relaciones con amigos, nivel educativo, interés vocacional, conducta agresiva-delictiva”.
En tanto, “corresponderá a la Secretaría actuar en las materias que se le descentralicen como autoridad sanitaria federal: Organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios, aplicar el cuestionario de tamizaje POSIT en coordinación con la Secretaría de Educación en el Estado, en las escuelas de nivel básico y medio superior cuando lo soliciten las autoridades educativas y/o cuando se tenga proyectado fechas para ello o en programas establecidos, coadyuvando a evaluar la operatividad de lo señalado”… así como “organizar, operar, supervisar y evaluar el programa contra la farmacodependencia, en coordinación con la Secretaría de Salud. Incluyendo el programa de la aplicación del cuestionario de tamizaje POSIT, en coordinación con la Secretaría de Educación en el Estado aplicado a los alumnos de educación básica y media superior, cuando así se considere necesario por la autoridad del plantel educativo, salvaguardando en todo momento los derechos de niñas, niños y adolescentes”.
A continuación, se adiciona el artículo 20 BIS, 20 TER, 20 QUATER de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones en el Estado de Colima, para quedar como sigue, “el POSIT, cuestionario de tamizaje, es un instrumento que consta de 81 reactivos que evalúan 7 áreas de funcionamiento de la vida de los adolescentes que pueden verse afectadas por factores de riesgo psicosociales: uso y abuso de sustancias, salud mental, relaciones familiares, relaciones con amigos, nivel educativo, interés vocacional, conducta agresiva-delictiva. El POSIT se aplica frecuentemente por el UNEME CAPA, que es la Unidad de Especialidades Médicas en Centros de Atención Primaria en Adicciones (UNEME CAPA), están diseñadas para ofrecer a la población un modelo de detección oportuna para las adicciones y de salud mental que contempla desde la prevención del consumo de sustancias psicoactivas hasta el tratamiento breve, ambulatorio, que sea accesible y de calidad”.
De igual manera, refiere que “una vez que se tenga el consentimiento por escrito de quienes ejerzan la patria potestad y/o tutores de los alumnos, cuando así lo considere necesario el director del plantel, solicitará de manera formal a la Secretaría de Salud se lleve a cabo la aplicación del cuestionario de tamizaje POSIT a los alumnos de educación básica y media superior, de 12 a 18 años, salvaguardando en todo momento los derechos de niñas, niños y adolescentes”.
La Secretaría de Salud “a través de la Comisión Estatal de Salud Mental y Adicciones, coordinara acciones de colaboración con instituciones y programas para realizar los cuestionarios de tamizaje POSIT a los estudiantes y una vez realizado la evaluaciones, llevarán a cabo la detección de inicio o de abuso de alguna sustancia u alguna otra situación riesgo y se coordinarán con la Dirección del plantel educativo, la Secretaría de Educación y/o con las demás direcciones y/o autoridades que puedan coadyuvar a la orientación de sus padres y/o tutores para brindarle atención integral al menor y a su familia; preponderando en todo momento los derechos de las niñas, niños y adolescentes”.
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