viernes, 14 de enero de 2022

PROPONEN EN EL H. CONGRESO DE COLIMA LA NULIDAD EN LA VIGENCIA DE LAS PLACAS VEHICULARES DE USO PARTICULAR



 

Se busca que las disposiciones normativas si contengan la vigencia permanente y no esté a libre decisión del gobierno estatal en turno.

 

Los diputados locales Crispín Guerra Cárdenas, Martha Fernanda Salazar Martínez, Priscila García Delgado, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron la iniciativa  que adiciona un cuarto párrafo a la fracción VI del artículo 55B, de la Ley de Hacienda para el Estado de Colima, la cual se propone la nulidad en la vigencia de las placas vehiculares de uso particular.

 

Al exponer los motivos, el legislador Crispín Guerra explicó que la pandemia provocada por el nuevo coronavirus, COVID 19, ha traído consigo un inminente endurecimiento en la situación económica de las familias colimenses, pues muchos centros de trabajo tuvieron que cerrar o limitar sus operaciones, ha habido recortes en la plantilla laboral de los gobiernos y peor aún, se atravesó una crisis en la cual se dio el impago a las personas servidoras públicas y magisterio que depende del Poder Ejecutivo Estatal. 

 

Añadió que, ante tal panorama, es de vital importancia generar mecanismos de apoyo para las y los colimenses, y que, las tributaciones no sean una carga que vea adolecido el ingreso familiar. Guerra Cárdenas dijo que por ello es fundamental proponer una reforma a la Ley de Hacienda para el Estado de Colima, con el objetivo de eliminar el rubro de la vigencia de las placas metalizas vehiculares, así como plasmar su vigencia permanente. Así mismo, hacer lo propio con la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima, pues dicho ordenamiento no es preciso al verificar la vigencia de las placas.

 

El diputado agregó que, al no contar con certeza jurídica sobre la posible decisión gubernamental de realizar una actualización en las placas de circulación vehicular, es necesario que las disposiciones normativas si contengan la vigencia permanente y no esté a libre decisión del gobierno estatal en turno. 

 

“Ello para no lesionar el principio de proporcionalidad tributaria y no lesionar los ingresos de las familias. Los que suscribimos esta iniciativa, tenemos la convicción de que el pago único de las placas será de gran apoyo para la economía de las y los propietarios de vehículos, así como se salvaguardará la certeza y la proporcionalidad en la tributación”.

 

La iniciativa de Ley prevé adicionar un cuarto párrafo a la fracción VI del artículo 55B, de la Ley de Hacienda para el Estado de Colima, para resultar en la siguiente redacción: 

 

Los derechos consignados en los incisos a), b), c), d), y e), serán cubiertos por una única ocasión y su vigencia será permanente

 

Además de adicionar un segundo párrafo al artículo 142 de la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima, para quedar como sigue:

 

Las placas de circulación de servicio privado que emita el Estado de Colima, tendrán vigencia permanente y no están sujetas a ninguna medida de renovación obligatoria o generalizada; solo procederá su reemplazo cuando se extravié, por pérdida, robo, deterioro extremo o destrucción de la placa, cambio de propietario o bien, cuando el propietario de las placas cambie su entidad de residencia.

 

Dicha iniciativa de Ley fue turnada a la Comisión correspondiente para su análisis, discusión y aprobación en su caso.